REGLAMENTO DEL BENEFICIO MEDISMART EN ÓPTICAS DR. MAX

El presente reglamento pertenece y es otorgado por la empresa GRUPO ÓPTICAS GLD S.A., cédula jurídica 3-101-741553, con domicilio en San José, Desamparados, Centro Comercial Multicentro, Piso 7, en adelante denominada el Patrocinador, para su marca comercial Ópticas Dr. Max, y regula los beneficios comerciales exclusivos para afiliados del programa MediSmart.

El presente reglamento entra en vigencia a partir del lunes 26 de enero del 2026 y se mantendrá vigente por tiempo indefinido, hasta que sea modificado o revocado por el Patrocinador mediante comunicación formal.

El beneficio MediSmart en Ópticas Dr. Max consiste en un cincuenta por ciento (50%) de descuento, aplicado exclusivamente sobre el precio regular de cualquier aro disponible en las sucursales de Ópticas Dr. Max a nivel nacional. El beneficio aplica de forma general, sin distinción de categoría, línea, marca o tipo de producto.

De forma excepcional, y únicamente a solicitud expresa del cliente, podrá otorgarse el beneficio anterior a la fecha de vigencia del presente reglamento, definido como un veinte por ciento (20%) de descuento sobre el precio total del conjunto aro + lente. Este beneficio solo se otorgará si el cliente lo solicita expresamente. En caso contrario, se aplicará por defecto el beneficio establecido en el presente reglamento, correspondiente al cincuenta por ciento (50%) de descuento en aros.

Condiciones Comerciales del Beneficio:

  • Este beneficio no aplica junto a otras promociones, cupones o beneficios vigentes, tales como, pero no limitado a, la promoción PAQUETES ARO + LENTE.
  • Este beneficio es personal e intransferible.
  • En caso de que exista una promoción vigente en aros para clientes regulares donde se otorguen descuentos del cincuenta por ciento (50%) o superiores, el cliente afiliado a MediSmart recibirá un descuento adicional del diez por ciento (10%) sobre el precio ya promocionado.
  • En caso de que el cliente cuente con un cupón emitido por el Patrocinador que otorgue otro tipo de descuento por su afiliación al programa MediSmart, será responsabilidad exclusiva del cliente presentarlo al momento de realizar el pago, no pudiendo reclamar dicho beneficio de forma posterior bajo ninguna circunstancia.
  • El beneficio aplica únicamente a clientes debidamente afiliados al programa MediSmart, debe ser validado en sistema al momento de la facturación, está sujeto a la correcta identificación del cliente como afiliado MediSmart y aplica únicamente en sucursales físicas de Ópticas Dr. Max dentro del territorio nacional.
  • No aplica en lentes de contacto.

Modificaciones del beneficio:

GRUPO ÓPTICAS GLD S.A. se reserva el derecho de modificar el alcance del beneficio, ajustar los porcentajes de descuento, cambiar las condiciones de aplicación, suspender o eliminar el beneficio. Cualquier modificación será comunicada por medios oficiales internos y/o externos antes de su entrada en vigencia.

Interpretación del reglamento:

Cualquier situación no prevista en el presente reglamento será resuelta por el Patrocinador conforme a criterios comerciales internos y con estricto apego a la legislación vigente de la República de Costa Rica.

Aceptación del reglamento:

El uso del beneficio MediSmart implica la aceptación plena, expresa y sin reservas de todas las condiciones establecidas en el presente reglamento.

Publicado el día 26 de enero del 2026.