El presente reglamento pertenece y es emitido por la empresa GRUPO ÓPTICAS GLD S.A., cédula jurídica 3-101-741553, con domicilio en San José, Desamparados, Centro Comercial Multicentro, Piso 7, en adelante denominado el Patrocinador, para su marca comercial Ópticas Dr. Max.
La presente promoción constituye un beneficio adicional exclusivo para clientes afiliados al programa MediSmart, complementario al Reglamento del Beneficio MediSmart vigente.
La presente promoción será válida únicamente durante el mes de julio de 2026 o hasta agotar las existencias de anteojos de sol destinadas por el Patrocinador para la presente promoción, lo que ocurra primero.
Durante la vigencia de la promoción, todo cliente afiliado al programa MediSmart que adquiera:
recibirá sin costo adicional un (1) anteojo de sol Ray-Ban o, a elección del cliente, cualquier otro anteojo de sol disponible cuyo precio regular sea igual o inferior al del anteojo de sol Ray-Ban asignado para la presente promoción.
El beneficio aplica para un (1) anteojo de sol por cada compra elegible.
Para efectos del presente reglamento, se entenderá por Línea PREMIUM aquellos pares de lentes oftálmicos identificados como pertenecientes a dicha línea dentro del sistema comercial de Ópticas Dr. Max al momento de la facturación.
La presente promoción estará sujeta a las siguientes condiciones:
La promoción no aplica en los siguientes casos:
La presente promoción está sujeta a disponibilidad de los anteojos de sol promocionales en cada sucursal.
En caso de agotarse los modelos de anteojos de sol Ray-Ban disponibles en la sucursal donde el cliente realizó la compra, este podrá elegir cualquier otro anteojo de sol disponible en esa misma sucursal cuyo precio regular sea igual o inferior al del anteojo de sol Ray-Ban asignado para la presente promoción.
Si por cualquier circunstancia no existieran anteojos de sol disponibles que cumplan con las condiciones establecidas en el presente reglamento, el cliente podrá, a su elección:
El beneficio no incluye el traslado, reserva o intercambio de anteojos de sol provenientes de otras sucursales, ni genera derecho a solicitar un producto específico que no se encuentre disponible en la sucursal donde se realizó la compra.
GRUPO ÓPTICAS GLD S.A. se reserva el derecho de modificar, suspender o finalizar anticipadamente la presente promoción cuando existan causas comerciales, operativas, de fuerza mayor o cualquier otra circunstancia que así lo justifique. Cualquier modificación será comunicada oportunamente por los medios que el Patrocinador considere pertinentes.
Cualquier situación no prevista en el presente reglamento será resuelta por el Patrocinador conforme a criterios comerciales internos y con estricto apego a la legislación vigente de la República de Costa Rica.
La participación en la presente promoción implica el conocimiento y aceptación plena de todas las condiciones establecidas en este reglamento, así como en el Reglamento del Beneficio MediSmart vigente.
Publicado el 1 julio de 2026.